Introducción a la seguridad social

January 14, 2018 | Author: Anonymous | Category: Apuntes, Apuntes de enseñanzas medias, Ciencias Sociales
Share Embed Donate


Short Description

Download Introducción a la seguridad social...

Description

Instituto de Seguridad Social

Introducción a la Seguridad Social

Bases biológicas de la Seguridad Social Seguridad Social y Protección Social Alcance y cobertura del BPS (Instituto de Seguridad Social) BPS - Derechos y Obligaciones

Material de estudio, adaptado para el proceso de selección de

Auxiliares Administrativos Agosto de 2007

BASES BIOLÓGICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Si le preguntásemos a un economista qué es la Seguridad Social, es posible que nos diga que es una forma de redistribución de la riqueza, un abogado nos diría que es la aplicación de una normativa específica para asegurar la aplicación de un derecho que tienen todos los individuos. Pero... ¿qué nos dirían las personas a las cuáles van dirigidos todos esos esfuerzos? Es probable que digan que es una necesidad íntima de sentirse protegidos por el sólo hecho de pertenecer a una comunidad y desde el nacimiento a la muerte. Este es un enfoque antropológico y muy interesante de abordar en profundidad. Si bien el término Seguridad Social fue enunciado por primera vez en la Revolución Francesa por Robespierre, en América por Simón Bolívar en su discurso de la Angostura a orillas del Orinoco y en nuestro país por Baltasar Brum y Vaz Ferreira en 1914, su acepción como la entendemos en la actualidad, se debe a los trabajos del economista inglés Williams Beveridge en sus escritos difundidos entre marzo de 1942 y febrero de 1943. Pero si rastreamos en las distintas culturas y en distintas épocas, siempre vamos a encontrar un esbozo de Seguridad Social, como los Baremos de incapacidades físicas de los piratas del Caribe de los siglos XVI y XVII en los cuáles se indemnizaba por las pérdidas de un brazo, una pierna o un ojo, con una renta de por vida. Los gremios medioevales del siglo XIII a través de las guildas en Inglaterra, el Compagnonage en Francia y los Steinhetzen en Alemania aseguraban una renta a los trabajadores que presentaban una incapacidad, mantenidos por un aporte diario del resto del gremio. Estos pocos ejemplos dentro de los muchos documentados nos inducen a pensar que todas las comunidades tienen su sistema de Seguridad Social para protección de las personas vulnerables. El documento más antiguo comprobado data de hace 1,7 millones de años y fue encontrado en agosto del 2003 en Dmanisi, localidad que se encuentra a 86 Km. de Tbilisis, capital de la República de Georgia y a 20 Km. de la frontera con Armenia. La zona tiene un interés enorme desde el punto de vista de la paleantropología, ya que en 1999 David Lordkipanidze y Leo Gabunia, de la Academia de Ciencias de Georgia, encontraron 2 cráneos que son los más antiguos hallados fuera de África y pertenecientes al Homo erectus que pasaron por ese corredor geográfico que fue la puerta de entrada de los Homínidos al continente euroasiático. Este último -posteriormente se encontró un 3er. Cráneo y el 4to. en agosto de 2003- tenía unas particularidades especiales, pertenecía a un individuo viejo, de 40 o 50 años, pero la mandíbula no poseía dientes y los alvéolos donde se alojan las raíces dentarias han desaparecido, siendo obturadas por los huesos circundantes, lo cuál indica que el individuo vivió varios años careciendo de dientes con los cuáles masticar la carne y los vegetales, indispensables para su dieta. El viejo necesitó durante años la atención de sus congéneres y necesitó ser alimentado activamente por la comunidad a la que pertenecía. Se trata de la primera evidencia de

comportamiento cooperativo y asistencia a un miembro desvalido y vulnerable de una comunidad de nuestro género. Ese comportamiento es debido a una herencia genética o a una herencia cultural o más probablemente a una combinación de ambos. Para sobrevivir en una comunidad recolectora cazadora es imprescindible, además de una capacidad técnica para la planificación y de un avance en la tecnología, la capacidad social para la cooperación y esto se plasma en normas de conducta. Conrad Waddington, el gran biólogo inglés, dijo: “ A través de la evolución, el ser humano se ha convertido en un animal ético.” (Agosto2006) Dr. Jorge Mautone Bibliografía - Del Turkana al Caucaso. Jordi Agusti- David LordKipanidze - Migraciones prehistóricas de Africa a Eurasia. Kate Wong—Investigación y Ciencias 2004. - Homínidos: Las primeras ocupaciones de los continentes. Eurald Carbonell - Editorial Ariel 2005.

Conceptos de Seguridad Social y Protección Social La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define la SEGURIDAD SOCIAL como la protección que proporciona la sociedad a sus miembros mediante una serie de medidas públicas para:

C compensar la falta o reducción substancial de los ingresos del trabajo a causa de diferentes eventualidades (enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo, desempleo, invalidez, vejez y muerte del sostén de la familia); C proporcionar asistencia médica; y C facilitar prestaciones a las familias con hijos; Las principales funciones de los sistemas de Seguridad Social son:

C garantizar mínimos sociales, relacionados con transferencias de ingresos y prestación de servicios sociales y de salud que permitan a todos los miembros de la sociedad llevar una vida social digna; Cgarantizar la sustitución de los ingresos y el mantenimiento del poder adquisitivo de los participantes en el sistema cuando otras formas de actividad y de generación de ingresos sean imposibles debido a desempleo, maternidad, vejez, invalidez o fallecimiento del sostén de la familia. Para desempeñar estas funciones, los sistemas de Seguridad Social comprenden subsistemas o regímenes de seguro social o previsión social, de asistencia social y el régimen universal. Los gastos del seguro social se sufragan mediante cotizaciones del/de la empleador/a y del/de la trabajador/a, con o sin subvenciones del Estado. Generalmente, la afiliación es obligatoria para algunas categorías profesionales. El derecho a pensiones y prestaciones se determina en función de la vida activa del/de la beneficiario/a (períodos de cotización o de empleo), de las ganancias del/de la beneficiario/a a lo largo de su vida profesional y de la edad especificada en la legislación nacional. En la mayor parte de los países, las cotizaciones son recaudadas por cajas independientes, que se encargan a su vez de pagar las prestaciones. Los excedentes son invertidos para obtener mejores ingresos. En América Latina, casi todos los países han estructurado sistemas de seguro social que inicialmente se restringían a algunas categorías profesionales y han pasado por un proceso de ampliación gradual de la cobertura. Los sistemas de seguro social han sido concebidos para trabajadores con ingresos regulares capaces de mantener sus aportes durante el período necesario para acumular los derechos a la prestación y con ingresos que les permitan, al menos, satisfacer sus necesidades básicas. En el marco de las políticas de Seguridad Social, para los trabajadores con ingresos bajos y/o irregulares se suelen crear subsistemas especiales (dentro o fuera de los subsistemas de seguro social) con subsidios estatales que permiten sufragar pensiones mínimas y/o subsistemas de asistencia social. En los subsistemas con pensiones mínimas, el Estado garantiza una prestación subsidiada a los participantes con alguna capacidad contributiva. Brasil, Colombia, El Salvador y México son ejemplos de países que adoptan esta modalidad de prestación. Muchos países, donde prevalece fundamentalmente el seguro social, también cuentan con asistencia social para las personas que, por alguna razón, no están comprendidas dentro del ámbito del régimen principal o a las que éste proporciona prestaciones insuficientes para cubrir sus necesidades. Puesto que la solidaridad social y la asistencia social están muy

interrelacionadas, suele actuarse de manera discrecional en el momento de fijar la cuantía o el tipo del pago que debe efectuarse. Varios países latinoamericanos como Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, República Dominicana, Nicaragua y Uruguay han introducido estos sistemas. Varios de los países que adoptaron en un principio este modelo de prestaciones lo están sustituyendo en la actualidad por el modelo de asistencia social y sólo garantizan ahora una pensión completa o parcial con arreglo a la comprobación de los recursos. Algunos países con regímenes de pensiones universales no contributivos1 garantizan complementos que se añaden a las prestaciones básicas sujetos a la comprobación de los recursos. Esta modalidad, en el área de las pensiones, no está muy difundida en la región latinoamericana, pero podemos encontrar ejemplos en el Canadá, los Países Bajos y Nueva Zelanda. En el área de la salud, Costa Rica y Brasil son ejemplos de sistemas universales en la región. A su vez, la PROTECCIÓN SOCIAL comprende no solamente los regímenes de Seguridad Social, sino también los planes o subsistemas privados obligatorios o voluntarios que persiguen objetivos similares en cuanto a garantizar mínimos sociales o reemplazar ingresos. Son ejemplos de planes privados: las administradoras privadas de fondos de pensión (AFAPS), los planes complementarios de las empresas, las mutualidades y las empresas prestadoras de servicios de salud. En los sistemas de protección social, es importante mencionar también los servicios sociales comunitarios, que son sistemas gestionados por organizaciones comunitarias o asociativas la sociedad civil, como los microseguros de salud y otras redes de solidaridad formales organizadas a escala comunitaria o local. Éstos incluyen generalmente:

C medidas preventivas en materia de salud; C cuidado y atención infantil (puede adoptar la forma de prestaciones familiares); C rehabilitación de personas con discapacidad o lesiones; C instalaciones especiales para personas con discapacidad; C asesoramiento y asistencia en materia de planificación familiar. Subsistemas comprendidos en el sistema de PROTECCIÓN SOCIAL

En América Latina, los subsistemas privados tienen un papel fundamental en el sistema de protección social. En el área de las pensiones, estos subsistemas pueden ser ocupacionales (en los que la participación en los mismos forma parte de la relación contractual y los participantes se agrupan de acuerdo con la categoría profesional o el vínculo laboral) o individuales (en los que cada participante busca un proveedor en el mercado). El establecimiento de un plan privado puede ser el resultado:

C de la iniciativa de un/a empleador/a, ya sea bajo la forma de un régimen de empresa (cuyas prestaciones son a cargo de los empleadores) o Cde la negociación colectiva (regímenes profesionales e interprofesionales) o, excepcionalmente, por iniciativa de los propios trabajadores. En el momento de establecer un sistema de protección social, se deben articular sus distintos subsistemas de forma consistente y coherente, definiendo qué papeles deben desempeñar las entidades públicas y privadas en el cumplimiento de los objetivos de garantía de los mínimos sociales y de sustitución de los ingresos, así como la naturaleza de la filiación a los regímenes (obligatoria o voluntaria). La función de garantizar mínimos sociales se asocia frecuentemente a políticas asistenciales y de pensiones mínimas, mientras que la función de sustitución de los ingresos está a cargo de los sistemas de seguro social y de los sistemas privados.

Fuente: OIT (Centro de Formación) Conceptos Básicos de Seguridad Social.

Alcance y cobertura del Banco de Previsión Social En el Uruguay el Banco de Previsión Social es un organismo público con autonomía y tiene por 1 mandato constitucional el cometido de planificar, coordinar y administrar la seguridad social para un amplio colectivo de trabajadores en la República Oriental del Uruguay. Cubre toda la actividad privada y pública con la excepción de la comprendida por:

C Cajas Para estatales, C Bancaria, notarial y de los profesionales universitarios C Servicios de retiros policiales y militares, El perfil de la Institución se caracteriza esencialmente a través de:

C Compleja diversidad de servicios sustantivos y de apoyo C Alto grado de dispersión geográfica en todo el territorio nacional C Políticas y prácticas de gestión orientadas a la mejora de procesos basadas en un sustancial desarrollo tecnológico En su carácter de ente autónomo, el organismo es regulado por un marco legal específico establecido por la Constitución y las leyes, que determinan competencias y múltiples funciones vinculadas a la administración de las áreas de Seguridad Social. Integran el sistema, a partir de 19952 las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP), que si bien no tienen competencia en materia de seguridad social, son las empresas privadas3 encargadas de administrar los fondos de ahorro individual de los trabajadores. También se incorporan las aseguradoras cuya finalidad es la de servir en forma mensual las diversas prestaciones que se generan en el régimen de ahorro individual obligatorio. Ambas se encuentran bajo la supervisión y control del Banco Central del Uruguay. Existen, asimismo, 4 Sociedades Administradoras de Fondos Complementarios de Previsión Social (SAFCPS) , que ofrecen prestaciones complementarias relativas a los riesgos IVS. Centrándonos en el Banco de Previsión Social señalaremos que el mismo tiene a su cargo la

CAJA PROFESIONAL

BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

CAJA BANCARIA CAJA NOTARIAL

ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE AHORRO PREVISIONAL

ADMINISTRADORAS DE FONDOS COMPLEMENTARIOS

CAJA POLICIAL CAJA MILITAR

ASEGURADORAS

Esquematización Sistema Seguridad Uruguayo

1

Art. 195 de la Constitución de la República. Ambas figuras incorporadas al sistema por la Reforma de la Ley 16.713 (con vigencia 04/96). 3 Sociedades Anónimas de naturaleza jurídica. 4 Son asociaciones civiles sin fines de lucro, de adscripción voluntaria y autogestionarias, controladas por el BPS y el Banco Central del Uruguay. 2

administración de las contribuciones especiales (aportes previsionales) así como también diferentes programas de prestaciones, a saber:

C Prestaciones Económicas a Pasivos, de largo plazo, que comprenden prestaciones por Invalidez, Vejez y Sobrevivencia, cobertura de Salud a jubilados de menores ingresos y Préstamos Sociales. C Prestaciones Económicas a trabajadores Activos, o de corto plazo, que comprenden cobertura de Seguro de Salud, Asignaciones Familiares, Subsidio por Maternidad, Seguro de Enfermedad, Seguro por Desempleo, Ayudas Especiales, Prótesis y Lentes. C Prestaciones Sociales, que comprenden apoyo a las instituciones sin fines de lucro, para personas mayores y discapacitadas, Turismo Social y Vivienda para jubilados. C Prestaciones de Salud que comprenden atención materno-infantil, enfermedades, malformaciones congénitas y atención odontológica. Para proporcionar una idea del alcance y cobertura del Banco de Previsión Social señalamos que en la población actual del Uruguay, de aproximadamente 3.500.000 personas, se proporcionan casi 1.954.000 prestaciones. Con el fin de hacer frente al pago de las distintas prestaciones administra, por el mandato que le otorga la Ley, los recursos propios, donde se incluyen los tributos e impuestos afectados, que 5 6 son complementados con la asistencia financiera del Gobierno Central. En el último año el pago de prestaciones y costo operativo ascendió a 1.850 millones de dólares. En otros términos, el Banco de Previsión Social administra diariamente casi cinco millones de dólares en el cumplimiento de sus cometidos. Resulta un desafío proporcionar una idea global y completa de lo que Bertranou define como “una densa red de esquemas y programas cubriendo de diversas formas a amplios sectores de la población7”, en otras palabras, el alcance e importancia del impacto del Banco de Previsión en la Sociedad Uruguaya. Entendemos que expresar que el presupuesto del Banco de Previsión Social alcanza aproximadamente a un 16 % del Producto Bruto Interno Nacional, si bien proporciona una noción de su impacto económico, no traduce, en lo más mínimo, el producido en el orden social. En ese sentido, intentaremos en los siguientes párrafos construir una apretada mención8:

C Mensualmente se pagan más de 710.000 prestaciones de jubilación, pensión e invalidez.

C Más de 550.000 niños perciben el beneficio de asignación familiar (aproximadamente 207.000 en hogares de menores recursos). C Se pagan más de 720.000 recibos de asistencia de cobertura de salud a beneficiarios activos y pasivos, abonándose subsidios a trabajadores. Se proporciona cobertura a los riesgos de Desocupación Forzosa y de Maternidad, en ambos casos a través del respectivo pago de subsidios. C Casi 65.000 personas en situación de discapacidad o de vejez y carencia de recursos perciben mensualmente beneficios no contributivos. Este amparo especialmente constituye ayuda solidaria a quienes sufren extremo desamparo, desventajas o dolor en un intento de fomentar la equidad de los Uruguayos. C Se adjudica el uso de viviendas a jubilados y pensionistas que no tienen solución 5

Aproximadamente el porcentaje de asistencia económica roda el 50%. Referido al ejercicio 2005 7 Bertranou, Fabio (2005) “Protección social, mercado laboral e institucionalidad de la seguridad social”- Organización Internacional del Trabajo 8 Fuente: Asesoría Económica y Actuarial- Banco de Previsión Social- información a 02/2006 6

habitacional, habiéndose adjudicado al 2005 el total de 5359 viviendas en todo el territorio nacional. C Se realiza la cobertura de asistencia a trabajadores sin recursos que padecen dificultades derivadas de disminuciones físicas proporcionándose sillas de ruedas, audífonos, muletas, etc., a través de ayuda personalizada y coordinada por profesionales especialistas. C En la Unidad de Perinatología -considerada como la segunda maternidad del Uruguay- junto con el departamento de especialidades médico quirúrgicas y seis centros infantiles, se presta atención nacional a madres y niños. Se asisten más de 10.000 partos y 90.000 consultas pediátricas por año. En otras palabras, casi uno de cada cinco niños del Uruguay nace en el Banco de Previsión Social y la salud de su infancia es monitoreada por éste. C En el campo de la salud dental se brinda atención que incluye desde la simple prevención de caries hasta cirugía oral mayor y ortodoncia, efectuándose más de 90.000 consultas por año. C En el Departamento de Especialidades Médico Quirúrgicas -servicio único en el país y ejemplo de la región- se brinda asistencia especial a los beneficiarios que presentan malformaciones y enfermedades congénitas y cuyas solicitudes fueron realizadas en forma previa a los 14 años. C El equipo especial de cirugía infantil realiza aproximadamente 1.200 intervenciones anuales. C Se otorga mensualmente, y con posibilidad que el beneficio se extienda por el transcurso de toda la vida, asignación familiar doble a niños discapacitados. C En la misma línea de cobertura hacia la discapacidad, se proporciona ayuda especial económica, sea ésta aplicada a instituciones especiales en el área de rehabilitación sicomotriz, aprendizaje, etc o a traslados de los discapacitados a sus áreas de estudio. En el siguiente cuadro se sumariza, en grandes números, la cantidad y tipos de prestaciones otorgadas por el Instituto de Previsión Social del Uruguay. Adaptado de: “Una década de transformaciones en el Banco de Previsión Social y los desafíos futuros ante una nueva Administración” de Miguel Britos Sartori - BPS (2006)

PRINCIPALES PRESTACIONES BRINDADAS POR EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

710.000 Pasividades por invalidez, vejez y sobrevivencia 550.000 Asignaciones Familiares 720.000 Afiliaciones con cobertura salud 45.000 Beneficiarios de subsidio por desempleo, extraordinarias, prótesis y lentes y subsidios por maternidad.

ayudas

7.500 Entre niños, adultos y adultos mayores, acceden anualmente a vacaciones en el Centro Educativo de Raigón Principales prestaciones brindadas por el BPS: indicadores cuantitativos 9 El programa de asignaciones familiares de Uruguay otorga prestaciones que brinda cobertura a niños y jóvenes hasta los 18 años de edad. A partir del primero de junio 2004 se extendió a los niños en hogares de bajos ingresos, independientemente de la inserción laboral de los padres.

BPS - Derechos y Obligaciones

ASIGNACIÓN FAMILIAR (trabajadores/as formales privados) Se trata de una prestación económica brindada por el BPS a los hijos o menores a cargo de trabajadores. Se otorga desde el momento de comprobado el embarazo y varía según los ingresos del hogar. El tope de ingresos totales para recibir la asignación es de 10 BPC* en hogares con hasta 2 niños. El mismo aumenta según la cantidad de hijos. Los beneficiarios de asignación familiar son los niños:

CQue reciben educación primaria estatal o privada, hasta los 14 años. CQue cursan estudios superiores en Institutos Estatales y/o Privados habilitados, hasta los 18 años: UTU, Liceo, Universidad. CQue padecen alguna discapacidad. Tienen derecho a la asignación de por vida, salvo que perciban pensión por invalidez, en cuyo caso si el beneficiario estudia, ésta se mantiene hasta el cumplimiento de los 15 años. CHijos de: atributarios fallecidos, privados de libertad o con discapacidad para toda tarea remunerada; que continúan en educación primaria, perciben la asignación hasta el cumplimiento de los 16 años. Los padres o encargados de beneficiarios de asignaciones familiares deben integrar alguno de los siguientes grupos o ramas de actividad:

CTrabajadores en el sector privado (Rural, Industria y Comercio, Servicio Doméstico, Construcción) tanto en actividad como en seguro de desempleo. CJubilados o pensionistas de Industria y Comercio, Servicio Doméstico, Rural y Caja de Jubilaciones Bancaria. CPequeños productores rurales de hasta 200 hectáreas. CTrabajadores a domicilio. Beneficios Prenatales Antes del nacimiento de los niños, el BPS realiza controles clínicos y paraclínicos periódicos a las madres, incluyéndose situaciones de riesgo y malformaciones. Los niños deben ser beneficiarios de asignaciones familiares. Asistencia integral y atención al momento del parto En partos normales o con complicaciones, el BPS concede a las madres atención y asistencia integral. Las madres deben ser beneficiarias de asignación familiar, pareja o hija soltera de un trabajador, y no contar con atención en otros sistemas de salud privada. Afiliación Prenatal El BPS otorga otorga la cobertura mutual del bebé de madre trabajadora, beneficiaria de Seguro Social por Enfermedad , desde la fecha de nacimiento y hasta los 90 días de vida. Si este derecho se ejerce a través de su cónyuge o concubino, será por el mes de nacimiento del bebé, siempre que la mamá tenga su cobertura a través de cualquiera de las mutualistas con convenio con el BPS.

Asistencia en los Centros Materno-Infantiles de Montevideo, Pando y en el Interior a través de mutualistas u hospitales El BPS protege la salud de los niños a través de los Centros Maternos-Infantiles, prestando los siguientes servicios:

C Atención del embarazo, parto y asistencia integral hasta los 90 días de vida del niño. C Atención preventiva y tratamiento de enfermedades hasta el cumplimiento de los 6 años de edad. C Asistencia odontológica preventiva hasta cumplir los 9 años. C Asistencia de ortodoncia debiendo comenzar el tratamiento antes del cumplimiento de los 10 años. C Asistencia especial en caso de presentar malformaciones y enfermedades congénitas debiendo comenzar el tratamiento antes del cumplimiento de los 14 años. C Lentes comunes y de contacto. Asignación Doble Los niños con discapacidad tienen derecho a una asignación doble, que puede acompañar al beneficiario durante toda su vida, en caso de no poder insertarse en el mercado laboral de forma estable. Los niños deben contar con certificado del Patronato del Psicópata. Ayudas especiales El BPS dispone de un monto mensual para rehabilitación y educación especial a niños o adultos con discapacidad. Asimismo se dispone de reintegros de gastos de locomoción para traslado a centros de rehabilitación o enseñanza pública o privada. ASIGNACIÓN FAMILIAR PARA HOGARES DE MENORES RECURSOS El BPS otorga la asignación para hogares de menores recursos a niños que integren un hogar sin ingresos, o no superiores a 3 BPC*. Se otorga desde el momento de comprobado el embarazo. SUBSIDIO POR MATERNIDAD Durante el período en que la trabajadora se encuentra con licencia pre y post parto, se entrega este subsidio económico, que abarca las 6 semanas anteriores y posteriores al momento del parto. Reciben el beneficio las empleadas de la actividad privada y aquellas que queden embarazadas estando en seguro por desempleo.

CONTROLES PERÍODICOS DE LA MADRE EMBARAZADA Las madres trabajadoras deben realizarse controles clínicos y para-clínicos mensuales a partir del tercer mes de embarazo, tanto en partos normales como patológicos. Cumpliendo esta obligación, la madre se hace beneficiaria a las distintas prestaciones que el BPS otorga a las futuras madres.

ESCOLARIDAD HABITUAL Y CONSTANTE Los trabajadores deben enviar a la escuela a sus hijos o menores a cargo, este es un requisito para ser beneficiario de asignaciones familiares. CÉDULA DE IDENTIDAD Los trabajadores con niños a cargo deben tramitarles la Cédula de Identidad a partir de los 45 días de nacido. CONTROLES PERÍODICOS DE SALUD Además, los padres son responsables por la salud del niño.

AFILIACIÓN MUTUAL Los trabajadores afiliados a los Seguros Sociales por Enfermedad (DISSE) están amparados al beneficio de atención de su salud a través de mutualistas. Para ello deben cumplir con alguno de estos requisitos:

C Trabajar al menos 13 jornadas (8 horas) al mes, aún con salario menor a 1.25 BPC. C Recibir una remuneración de 1.25 BPC o más. C Encontrarse en seguro por desempleo (exceptuando los trabajadores rurales), o estar percibiendo subsidio por maternidad o enfermedad. La afiliación mutual también corresponde a:

C Empresas Unipersonales Industria y Comercio hasta con un dependiente. C Empresas Unipersonales Rurales con cónyuges colaboradores de patronos rurales hasta con un dependiente, siempre que efectúen la opción de afiliación mutual. C Cónyuges de titulares de empresas unipersonales de Industria y Comercio sólo en el caso de tener la calidad de dependiente. C Monotributistas que aporten con opción a mutualista. JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD ABSOLUTA Y PERMANENTE PARA TODO TRABAJO El derecho a esta jubilación se adquiere cuando un trabajador/a presenta una incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo, sobrevenida en actividad o en período de inactividad compensada, siempre que acredite no menos de dos años de servicio reconocido de los cuales 6 meses deben haber sido inmediatamente previos a la incapacidad. Para los trabajadores que tengan hasta 25 años de edad sólo se exigirá un período mínimo de servicio de 6 meses previo a la incapacidad. Se requiere 66% o más de discapacidad medida por baremo del BPS. OTORGAMIENTO DE LENTES, PRÓTESIS Y AUDÍFONOS El BPS otorga una partida en dinero para lentes, así como diversas prótesis (ejemplo: audífonos) a los afiliados activos amparados a los Seguros Sociales por Enfermedad del BPS (DISSE).

PROGRAMAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES DEL TRABAJADOR Y RECONVERSIÓN LABORAL El BPS visita empresas, imparte charlas, coordina cursos con Institutos de Enseñanza, para tratar de maximizar la capacidad remanente del trabajador y realiza jornadas con el objetivo de contribuir a la salud de los trabajadores. Así también, lo asiste al momento de hacer efectivas las prestaciones que lo cubren en la enfermedad, discapacidad, o cuando debe ser rehabilitado o reubicado laboralmente a través del BPS. SUBSIDIO POR DESEMPLEO En caso que un trabajador se quede sin trabajo contra su voluntad, el BPS le da este subsidio por un período de hasta 6 meses. El trabajador/a tiene un plazo de 30 días a partir del cese o suspensión de actividad para solicitar este beneficio. Si tuviere dificultad para obtener la documentación igualmente debe presentarse ante el BPS y realizar reserva de derecho. El subsidio ampara a todos los trabajadores registrados, de la actividad privada, Industria y Comercio, Rurales y trabajadores con régimen de contrato a término por Organismos del Estado habilitados por el Art. 34 Ley 17.556 y Art. 16 Decreto Nº83/003 (en el caso de las trabajadoras domésticas, aún no incluidas, existe actualmente un proyecto de ley para incluirlas). SUBSIDIO POR ENFERMEDAD El BPS puede otorgar hasta 1 año de cobertura por motivo de enfermedad de un trabajador, con otro de prórroga como máximo, o 2 años alternados dentro de los 4 últimos años, por la misma dolencia. SUBSIDIO TRANSITORIO POR INCAPACIDAD PARCIAL Este subsidio está pensado para los casos en que el trabajador presente una incapacidad absoluta o permanente para un empleo que ya venía desempeñando. Se dispensa también en caso que el trabajador esté en un período de inactividad compensada, y cualquiera sea la causa de la incapacidad. En general se requiere un mínimo de 50 % de discapacidad determinada por BPS. Acceden desde su primer día todos los trabajadores activos y también patrones de Industria y Comercio con hasta un dependiente. PROGRAMAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES DEL TRABAJADOR Y RECONVERSIÓN LABORAL El BPS visita empresas, imparte charlas, coordina cursos con Institutos de Enseñanza, para tratar de maximizar la capacidad remanente del trabajador y realiza jornadas con el objetivo de contribuir a la salud de los trabajadores. Así también, lo asiste al momento de hacer efectivas las prestaciones que lo cubren en la enfermedad, discapacidad, o cuando debe ser rehabilitado o reubicado laboralmente a través del BPS. SUBSIDIO PARA EXPENSAS FUNERARIAS Y GASTOS COMPLEMENTARIOS Es una partida en dinero que se abona por única vez, dirigida a quien se haga cargo y acredite los gastos de sepelio de un afiliado al BPS. Cumpliendo los requisitos, se puede recibir uno u otro de los beneficios.

TURISMO SOCIAL El Programa de Turismo Social brinda estadías en distintos centros vacacionales del país con precios accesibles o sensiblemente inferiores a los habituales; en general en baja temporada. Tienen derecho: Jubilados, pensionistas y personas con discapacidad, integrados a organizaciones en la red de instituciones registradas y apoyadas por el BPS; niños escolares en convenio con Primaria; estudiantes de secundaria y UTU en convenio con dichos organismos, así como niños y jóvenes de determinados barrios en convenio con el PIAI (Programa de Asentamientos Irregulares); trabajadores y sus familias a partir del Programa de Turismo Social del Ministerio de Turismo y el BPS, con financiamiento del BROU y del propio BPS, según los casos. Se puede pagar en cuotas mensuales. El BPS también concede préstamos para turismo interno a precios accesibles y pagaderos en doce cuotas. Pueden acceder a dichos préstamos las personas que cobran alguna de estas prestaciones: jubilación, pensión de sobrevivencia, pensión a la vejez e invalidez, subsidio transitorio por incapacidad parcial y pensión graciable.

AFILIACIÓN A LOS SEGUROS SOCIALES POR ENFERMEDAD La afiliación a los Seguros Sociales por Enfermedad (DISSE) es tanto un derecho como una obligación. Los trabajadores deben hacerlo en el mes de ingreso, aún cuando no coticen 13 jornadas o 1.25 BPC en dicho mes. Quienes tienen derecho a mutualista deben elegirla de acuerdo a ciertos requisitos en un plazo de 10 días hábiles de la fecha de ingreso. Para los rurales, este plazo pasa a ser de 90 días. CONTROL DE SUS APORTES Aportar por el salario real le asegura al trabajador derechos tanto para él como para su familia. Por ello es una obligación verificar la correcta realización de los mismos. En caso de constatar irregularidades en sus aportes así como la no declaración de su actividad, puede concurrir a la oficina C.A.R.T.A. en el Edificio Sede del BPS o en las Sucursales y Agencias de todo el país. Así también, los trabajadores dependientes pueden pedir la afiliación al BPS por alta o baja actividad, si el empleador incumple esta obligación. ESCOLARIDAD HABITUAL Y CONSTANTE Los trabajadores deben enviar a la escuela a sus hijos o menores a cargo, este es un requisito para ser beneficiario de asignaciones familiares. CÉDULA DE IDENTIDAD Los trabajadores con niños a cargo deben tramitarles la Cédula de Identidad a partir de los 45 días de nacido.

CONTROLES PERÍODICOS DE SALUD Además, los padres son responsables por la salud del niño.

JUBILACIÓN COMÚN Es la prestación más conocida del BPS. En nuestro país según la Ley vigente 16.713, hay dos regímenes. Uno de transición en el que los trabajadores sólo están afiliados al BPS y otro mixto en el que los trabajadores están afiliados al BPS y, según sus ingresos, a una AFAP. El derecho se extiende a todos los trabajadores de actividades amparadas por BPS (Industria y Comercio, Públicos, Rurales, Domésticas). La edad requerida para jubilarse es de 60 años para personas de ambos sexos y 35 años de trabajo reconocidos por BPS (y por actividades realizadas desde el 1º de abril de 1996, se reconocen solamente las registradas en la Historia Laboral del BPS). Las actividades anteriores al 31 de marzo de 1996 se pueden probar preferentemente con documentos, o con testigos calificados por excepción. JUBILACIÓN POR EDAD AVANZADA Una posibilidad para las personas que no cumplan con los requisitos exigidos para la jubilación común, es que pueden acceder a una jubilación por edad avanzada. Para ello deben tener un mínimo de 70 años de edad y 15 años de trabajo reconocido. SUBSIDIO PARA EXPENSAS FUNERARIAS Y GASTOS COMPLEMENTARIOS Es una partida en dinero dirigida a quien se haga cargo y acredite los gastos de sepelio de un afiliado al BPS y se abona por única vez. Cumpliendo los requisitos, se puede recibir uno u otro de los beneficios. PROGRAMA DE VIVIENDAS Y OTRAS SOLUCIONES HABITACIONALES PARA JUBILADOS Y PENSIONISTAS El BPS adjudica viviendas construidas por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) a jubilados y pensionistas. Éstos deben tener residencia permanente en Uruguay, y en general, percibir pasividades menores a 12 UR* (Unidades Reajustables), valerse por sí mismos en sus actividades cotidianas y no ser beneficiarios de algún otro programa habitacional estatal o privado. En 2006 se inician 2 programas piloto en acuerdo con el MVOTMA, el primero, de alquiler de viviendas a inscriptos en registro del BPS con derecho a vivienda. Tienen que estar en situación de desalojo o lanzamiento, o vivir en localidades donde hay menos de 5 solicitudes. El segundo de utilización de hogares de los ancianos asistidos por BPS con convenio, con atención que incluye alojamiento, alimentación y servicios de salud. *1 UR equivale a $ 296.29 a Noviembre de 2006

PENSIÓN POR INVALIDEZ Es una asistencia económica a la que pueden acceder personas de cualquier edad con discapacidad, la que se califica en común o severa. La discapacidad debe ser declarada por una junta médica y el beneficiario debe presentar carencia de recursos o recursos mínimos y no contar con familiares convivientes y no convivientes civilmente obligados a prestar ayuda. Se requiere una discapacidad del 66 % o más, según Baremo. Al beneficiario con discapacidad severa no se le efectuará relevamiento de ingresos e inmuebles propios o de su núcleo familiar. PRÉSTAMOS SOCIALES El BPS concede préstamos a jubilados y pensionistas, que luego descuenta de forma mensual, con intereses que son habitualmente de los más bajos del mercado. PROGRAMA PERMANENTE PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE CALLE Conjuntamente con ONGs y otros organismos estatales, el Programa asiste a adultos mayores en situación de calle. PENSIONES DE SOBREVIVENCIA Se trata de una ayuda económica, generada a partir del fallecimiento de un afiliado activo o pasivo y destinada a los deudos. Tienen derecho a la pensión, cumpliendo ciertos requisitos de ingresos y edad:

C Las personas viudas, hombre o mujer. C Los hijos solteros menores de 21 años (o menores de 18 años si ingresan al mercado laboral). C Los hijos mayores de 21 años absolutamente incapacitados para todo tipo de trabajo. C Las personas divorciadas que perciben pensión alimenticia homologada judicialmente. C Los padres totalmente incapacitados para todo tipo de trabajo. TURISMO SOCIAL El Programa de Turismo Social brinda estadías en distintos centros vacacionales del país con precios accesibles o sensiblemente inferiores a los habituales; en general en baja temporada. Tienen derecho: Jubilados, pensionistas y personas con discapacidad, integrados a organizaciones en la red de instituciones registradas y apoyadas por el BPS; niños escolares en convenio con Primaria; estudiantes de secundaria y UTU en convenio con dichos organismos, así como niños y jóvenes de determinados barrios en convenio con el PIAI (Programa de Asentamientos Irregulares); trabajadores y sus familias a partir del Programa de Turismo Social del Ministerio de Turismo y el BPS, con financiamiento del BROU y del propio BPS, según los casos. Se puede pagar en cuotas mensuales. El BPS también concede préstamos para turismo interno a precios accesibles y pagaderos en doce cuotas. Pueden acceder a dichos préstamos las personas que cobran alguna de estas

prestaciones: jubilación, pensión de sobrevivencia, pensión a la vejez e invalidez, subsidio transitorio por incapacidad parcial y pensión graciable. PENSIÓN POR VEJEZ El BPS brinda la pensión a la vejez a aquellos adultos mayores de 70 años que carezcan de recursos económicos para hacer frente a sus necesidades, considerando ingresos de familiares obligados convivientes y no convivientes, de acuerdo a condiciones legales. Para obtener la suma de dinero mensual, los beneficiarios extranjeros y los ciudadanos legales deben además acreditar residencia en el país en los últimos 15 años de forma permanente. Otras prestaciones y servicios Programa Fortalecimiento de la Sociedad Civil Organizada Brinda asesoramiento técnico regular y apoyos económicos a organizaciones sin fines de lucro adheridas, que trabajan por la calidad de vida de adultos mayores y personas con discapacidad, así como capacita a sus dirigentes voluntarios. Programa Actividades Culturales Procura la mayor integración social de los adultos mayores y personas con discapacidad, a través de cursos, charlas y talleres de calidad de vida, idiomas, artes; concursos, publicaciones y videos educativos. Programa Relaciones Intergeneracionales Busca sensibilizar a otras generaciones y revalorizar la figura del adulto mayor. Se desarrolla conjuntamente con el Instituto del Niño y del Adolescente (INAU), con Proyectos como “Abuelo Amigo en el Hogar de Tiempo Completo”, intercambio de experiencias entre adultos mayores y niños en situación de riesgo social.

DERECHOS DE CONTRIBUYENTES Todo contribuyente tiene derecho a una administración que le asegure la certeza jurídica, tratamiento equitativo, así como el debido proceso ante decisiones que entienda contrarias a sus derechos. El BPS continúa trabajando en la mejora de su gestión a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes. Éstos, en determinadas condiciones, son considerados afiliados al sistema de seguridad social y como los trabajadores dependientes tienen los siguientes derechos: jubilaciones y pensiones (incluso como cónyuge colaborador/a), seguro por enfermedad, asignaciones, subsidio por fallecimiento, etc.

DECLARACIÓN DEL INGRESO Y EGRESO DE LOS TRABAJADORES Las empresas deben declarar los ingresos y egresos de los trabajadores en los plazos establecidos para cada aportación, los que a partir del 1º de febrero son: Ingresos:

C Industria y Comercio: desde los 30 días antes del inicio de la actividad y hasta la fecha de ingreso del trabajador inclusive. C Personal Embarcado, Pesca y Estiba: el día de ingreso del trabajador más 24 horas. C Servicio Doméstico: 30 días antes del inicio de la actividad y hasta la fecha de ingreso del trabajador inclusive, debiéndose realizar las altas, bajas, y modificaciones en ATyR. C Construcción y Rural: hasta 48 horas posteriores al ingreso a la actividad. Egresos:

C 5 días hábiles a partir de la fecha de egreso. Existen diferentes medios para facilitar la declaración de las altas, bajas y modificaciones de la actividad de los trabajadores. Ellos son:

C Remisión de formularios vía fax. C Por conexión directa al sistema vía Internet. C A través de la casilla de correo: [email protected]. PRESENTACIÓN DE NÓMINAS DE TRABAJADORES El BPS prevé distintas vías para que las empresas presenten las nóminas de sus trabajadores. Las mismas son:

C Formulario papel para empresas de reducida dimensión. C Disquete. C Por conexión remota (vía Internet). C Nóminas automáticas (servicio doméstico y empresas sin dependientes). PAGO DE LOS APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Realizar en tiempo y forma los aportes es una obligación de todo contribuyente. La misma permite al BPS cumplir con distintas prestaciones previstas. REGULARIZACIÓN DE APORTES Las empresas en general, públicas y privadas, también el empleador del servicio doméstico y el titular de construcción y/o refacciones, que no cumplieron oportunamente con sus obligaciones para con el BPS o lo hacían en forma parcial, podrán regularizar las deudas generadas entre el 1º de abril de 1996 y el 30 de abril de 2006 para todos los tributos e impuestos que recauda el BPS.

En condiciones de pago muy favorables y por primera vez, desde la vigencia de la Ley 16.713, se otorgan plazos especiales para el pago de los aportes personales y aún mayores para los aportes patronales, sustituyendo las multas y recargos por la rentabilidad que dichos aportes hubieran generado en las AFAPs. Adaptado del folleto institucional: “Conoce tus derechos y obligaciones en Seguridad Social”

AUTORIDADES Instituto de Seguridad Social Directorio Mtro. Ernesto Murro (Presidente) Sr. Heber Galli (Vice Presidente) Cr. Luis Casares (Director) Dr. Armando Cuervo (Director) Sr. Ariel Ferrari (Director Trabajadores) Prof. Geza Stari (Director Jubilados y Pensionistas) Cra. Elvira Domínguez (Director Empresas) Secretaría General de Directorio Dr. Eduardo Giorgi Gerencia General Sr. Miguel Britos Dirección Técnica Atyr Cra. Anahí Sosa Amonte Dirección Técnica Prestaciones Esc. Antonio Soutullo

View more...

Comments

Copyright � 2017 NANOPDF Inc.
SUPPORT NANOPDF